Resumen
En el proceso penal acusatorio oral mexicano, la sentencia debe estar sustentada en elementos de convicción desahogados en la audiencia del juicio, entre los cuales destaca la prueba testimonial, la que a su vez se divide en la declaración de testigos de hechos y el testimonio de expertos o pericial; en este último campo tiene especial relevancia la pericial en materia psicológica, pues en el caso particular de víctimas de violencia moral o de coacción sin que haya vestigios de lesiones físicas, hechos contra la libertad sexual o de abuso infantil, un adecuado dictamen pericial en materia psicológica es esencial para esclarecer los hechos; por ello el peritaje psicológico requiere el cumplimiento de una serie de reglas técnicas que garanticen la cientificidad del dictamen, el cual debe ser producido por un experto quien debe ser acreditado en la audiencia de juicio, antes de rendir su testimonio en forma oral a través del cual rinde, expone o aclara las razones del contenido de su informe y sus conclusiones.
